Mandanga
Junior Member   Mensajes: 2 Registrado: 26/6/2008 Estado: Desconectado
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enviado el 15/7/2008 a las 07:36 |
Toda la Mandanga sobre el Canon Digital
¿Que es y que se pretende con el Canon Digital?
Se trata de una actualización de la Ley de la Propiedad Intelectual. La
normativa internacional vigente se fundamenta en:
El Convenio de Berna para la protección de las obras literarias y
artísticas, firmado el 9 de Septiembre de 1.886 y revisado en París el 24
de Julio de 1.971.
La Convención Universal de Ginebra sobre los derechos de autor, firmada el
6 de Septiembre de 1.952 y ratificada en Madrid el 7 de Marzo de 1.974.
Con el canon digital se pretende, que los autores y creadores reciban la
retribución que le corresponde por su obra, adaptando el salario del
creador a las características propias del consumo y el mercado actual.
¿Por qué se ha creado el Canon Digital?
Las leyes deben ser actualizadas y adaptadas a la sociedad. Aunque en esta
evolución es muy posible que también haya intervenido, o al menos
acelerado el proceso, un concepto que debemos tener en cuenta, vulgarmente
llamado Top Manta y como producto de la piratería digital.
Todo cambia, la sociedad adapta sus costumbres al tiempo que le ha tocado
vivir.
En los trabajos, los negocios y en las formas de ganar dinero sucede lo
mismo, mientras que unos cierran otros nuevos abren sus puertas.
La mayoría de videoclubes ahora son máquinas expendedoras, los discos ya
hay que buscarlos en tiendas especializadas o en la sección de
electrodomésticos de los grandes almacenes.
La realidad es que hoy en día, todos tenemos el Emule, ReverbNation o algo
por el estilo. Las películas y la música nos las bajamos nosotros mismos de
la red, es más práctico y la calidad es bastante buena.
De otro lado, es frecuente ver a gente que vende películas y música pirata
en los locales públicos, zonas peatonales, puertas de acceso de los grandes
almacenes y áreas comerciales.
Gente que se apropia indebidamente de los derechos del autor, perjudicando
al mismo tiempo a todas las personas que trabajan en su entorno.
También podemos ver gente que compra Top Manta, no podemos negar algo que
es la pura y cruda realidad, ellos conforman un buen tanto por ciento del
mercado.
¿ Por que existe el Top Manta?
Es difícil comprender, que en una sociedad como la nuestra exista el Top
Manta.
Una sociedad madura, que reconoce el esfuerzo creativo que efectúan los
autores.
Una sociedad cultural y socialmente avanzadas, que defiende, estimula y
retribuye a sus creadores.
Una sociedad consciente, de que el Arte y la Cultura generan nueva vida,
mientras que los cañones y los tanques la destruyen. Que sabe muy bien, que
tanto unos como otros forman parte de la historia del mismo pueblo,
soberano y que decide su propio futuro.
Pero lo cierto es, que encuestas y estadísticas realizadas, cuentas de
explotación y balances fiscales relativos al mercado, apuntan y se empeñan
en señalar un alto porcentaje de participación al consumidor del Top
Manta.
Hace tiempo me enseñaron que el cliente siempre tiene la razón, pero que el
mercado además de tener la razón nunca se equivoca. Veamos pues ¡¡ cómo
está el Mercado!!
Nº 1 – Consumidor: Profesional o privado, tipo de utilización y
beneficio obtenido
Nº 2 – Producto: Autores y creadores audiovisuales.
Nº 3 – Legislación: La vigente desde el 7 de Marzo de 1.974
Nº 4 – Intermediarios: Compañías discográficas, entidades de
gestión y comunicación.
Situación del Mercado: El número 1 siempre paga el pato, el número 3 mira
hacia otro lado, el número 4 es el que obtiene mayores beneficios, el
número 2 en la mayoría de los casos continúa en la miseria.
Conclusión: Es imperativo recapacitar de inmediato, algo se está haciendo
mal para que el Top Manta alcance tan alto porcentaje.
¿Cuáles son las principales funciones del Canon Digital?
Regular que autores y creadores reciban los derechos que les pertenecen,
adaptando la utilización de su obra a los hábitos, consumos y medios
actuales.
Evitar la utilización indebida de sus derechos, con los medios y soportes
de los que hoy en día disponemos.
Para tratar de forma adecuada estos dos puntos, se necesitan muchos
artículos y anexos. No es fácil poner a todos de acuerdo sin que nadie se
sienta algo perjudicado.
En cuanto al consumidor final, en principio tendría que salir
beneficiado.
Los derechos intelectuales son mas caros en un soporte grabado, que en uno
virgen y con mayor capacidad para grabar obras protegidas.
Otra cosa son los aparatos. Los medios actuales ofrecen, una gama cada vez
más amplia de posibilidades para utilizar, disfrutar y obtener beneficios
de una obra intelectual.
¿Quién tiene el derecho a recibir el Canon Digital?
La actual normativa de derechos de autor indica, que corresponden al autor
de una creación intelectual la exclusividad en la explotación de su obra.
Solo al autor le corresponde, el ejercicio exclusivo de sus derechos
morales y de explotación.
Actores e interpretes musicales, directores y coreógrafos, reciben una
retribución al llevar a término la obra de un autor.
Por lo tanto, es lógico que si alguien explota y se beneficia de su obra,
el creador debe recibir luego algún tipo de compensación.
En cuanto a la obra intelectual protegida, habría muchísimo de que hablar.
Muchos esperan una verdadera actualización de la actual Ley de Propiedad
Intelectual en nuestro país, en muchos conceptos o sentidos, dentro de un
mercado de libre competencia y según la legislación vigente.
Sin embargo, será más oportuno esperar hasta conocer el texto definitivo de
la nueva ley, entonces podremos opinar con mas criterio.
La única cuestión que no podemos quitarnos de la cabeza, es averiguar si la
obra protegida continuará siendo un monopolio exclusivo de la SGAE o si por
fin, se respetarán a todos los autores y creadores que estén dando a
conocer y difundiendo su obra, intelectualmente protegida por otros medios
o entidades de gestión diferentes.
Ahora ya no quedan más excusas, disponemos de los medios y sistemas para
saber lo que de verdad se está utilizando, a quien hay que retribuirle sus
verdaderos derechos, sin que nadie continúe aprovechándose de los demás
para aumentar su propio patrimonio.
¿Quién determina los Derechos de la Propiedad Intelectual?
Aunque a alguno no le guste, los españoles también somos europeos, estamos
sujetos a las leyes y normas que se dictan en la Comunidad Económica
Europea.
De otra parte y aunque alguno llame **** a nuestra democracia, los
monopolios poco a poco van desapareciendo del mercado, al tiempo que se
incorporan nuevas actividades y se crean mas oportunidades en el sector
privado.
La legislación que al final se aplique en España llegará dictada desde
Bruselas, incluso los coeficientes que puedan aplicarse, en función de la
riqueza o renta per capita de cada uno de los países miembros de la
comunidad.
Para intentar que todos se pongan de acuerdo, además de los principales
representantes de cada gobierno y otros ministros, también intervienen las
siguientes organizaciones:
AIDDA – Asociación Internacional de Autores Audiovisuales
ALAI – Asociación Literaria y Artística Intelectual
BIEM – Buró Internacional de Sociedades Administradoras de
Derechos de Grabación y Reproducción
CISAC – Confederación Internacional de Sociedades de Autores y
Compositores
GESAC – Grupo Europeo de Sociedades de Autores y Compositores.
OMPI – Organización Mundial de la Propiedad Intelectual
UNESCO – Organización de las Naciones Unidas para la Educación,
la Ciencia y la Cultura.
[Editado el 15/7/2008 por Mandanga] |
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ivan
Member   Mensajes: 15 Registrado: 18/10/2004 Estado: Desconectado
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enviado el 16/7/2008 a las 06:56 |
NO COMPARTO EN ABSOLUTO LO QUE DICES.
Por qué hay que pagar una canon, para una industria queno encuentra salida
a la tecnología digital. En definitiva estoy subvencionando algo que se
cae por supropio peso.
Yo que no uso, ni escucho ese tipo de música, pues soy fiel a la filosofía
de MUSICALIBRE. por qué tengo que darle de comer a Bisbal o Sabina. No lo
comparto, no lo tengo porqué aceptar. Es como si tuviera que pagar una
canon para los que fuman si yo no fumo, que lo paguen ellos. y si no
encuentran salida con la venta de sus discos, pues que se busquen la
vida.
Me comentaron los administradores de esta web, que de paso figura en uno de
sus artículos. que pidieron por nota al ministerio de cultura y también a
SGAE, que se los exima de comprar CDs y DVDs pagando canon (Pues espero que
se entienda que justamente aquí no se debería pagar, pues es como si LINUX,
tubiera que pagarle un canon a Microsoft). Ninguno de los dos organismos
lo aceptaron....... Eso también te parece justo?.... en la misma nota
figuraba ¿Porqué el Ministerio de cultura, gastó más de 2 millones de eruos
en publicidad acerca de la piratería, por lo tanto si es un organismo
justo, ¿no debería apoyar también a la música que está surgiendo ajena a
las SGAE y difundir con campañas que SI EXISTE UNA SALIDA A LA PIRATERÍA?,
que es justamente la que se propone en esta web.
CONCLUSION: Creo que tu comentario, no considera en absoluto el curso de
acción de musicalibre, pues lo ignoras, por lo tanto no me parece adecuado
que justamente aquí vengas a defender lo que es indefendible, es decir que
en nuestro ámbiro (el de musicalibre), vengas a explicarnos que nosotros
debemos pagarle el sueldo a los que no comparten lo que nosotros hacemos.
no me parece bien
un afectuoso saludo
Iván
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enviado el 16/7/2008 a las 08:06 |
NO COMPARTO EN ABSOLUTO LO QUE DICES.
ESTAS EN TU PLENO DERECHO, PERO ENCUENTRO QUE TUS ARGUMENTOS NO SON
SOLIDOS, TRATARE DE EXPLICARME MEJOR
Por qué hay que pagar una canon, para una industria queno encuentra salida
a la tecnología digital. En definitiva estoy subvencionando algo que se cae
por supropio peso.
EL CANON DIGITAL ES EL SALARIO ACTUALIZADO DE LOS AUTORES Y CREADORES, NO
TIENE NADA QUE VER CON LA INDUSTRIA DE LA TECNOLOGIA DIGITAL, A ELLOS NO
LES CORRESPONDE NADA, COMO DECIA EL ENANO DEL MORRO TORCIDO "CERO
PATATERO"
Yo que no uso, ni escucho ese tipo de música, pues soy fiel a la filosofía
de MUSICALIBRE. por qué tengo que darle de comer a Bisbal o Sabina. No lo
comparto, no lo tengo porqué aceptar. Es como si tuviera que pagar una
canon para los que fuman si yo no fumo, que lo paguen ellos. y si no
encuentran salida con la venta de sus discos, pues que se busquen la
vida.
NO SE QUE TIPO DE MUSICA ESCUCHAS, PERO TODA ESTA COMPUESTA POR AUTORES Y
CREADORES, POR LO TANTO SIEMPRE DEBEMOS RESPETAR SUS DERECHOS SI NO
QUEREMOS QUE SE MUERAN DE HAMBRE Y VIVAN EN LA MAS ABSOLUTA MISERIA
EL CANON DIGITAL SE FUNDAMENTA EN LA FILOSOFIA DE MUSICA LIBRE, OTRA COSA
ES COMO AL FINAL SE LLEVE A LA PRACTICA, ESTO TODAVÍA ESTA POR VER
A SABINA Y BISBAL LES DARAN LOS DERECHOS QUE LES CORRESPONDAN, ES DECIR, A
SABINA POR SER EL AUTOR DE SUS PROPIOS TEMAS, A BISBAL NADA POR INTERPRETAR
LOS TEMAS DE OTROS AUTORES
Me comentaron los administradores de esta web, que de paso figura en uno de
sus artículos. que pidieron por nota al ministerio de cultura y también a
SGAE, que se los exima de comprar CDs y DVDs pagando canon (Pues espero que
se entienda que justamente aquí no se debería pagar, pues es como si LINUX,
tubiera que pagarle un canon a Microsoft). Ninguno de los dos organismos lo
aceptaron....... Eso también te parece justo?.... en la misma nota figuraba
¿Porqué el Ministerio de cultura, gastó más de 2 millones de eruos en
publicidad acerca de la piratería, por lo tanto si es un organismo justo,
¿no debería apoyar también a la música que está surgiendo ajena a las SGAE
y difundir con campañas que SI EXISTE UNA SALIDA A LA PIRATERÍA?, que es
justamente la que se propone en esta web.
ME PARECE QUE CONFUNDES EL TOCINO CON LA VELOCIDAD. POR FAVOR VUELVE A LEER
TODO LO QUE DIGO SOBRE EL CANON DIGATAL
LINUX Y MICROSOFT SON EMPRESAS Y PRODUCTOS DIFERENTES, CADA CUAL CON SU
PROPIA ESTRATEGIA COMERCIAL, SI UNO COPIA A OTRO ENTONCES SUS ABOGADOS
RECLAMAN SUS PROPIOS DERECHOS.
AQUÍ LO VERDADERAMENTE IMPORTANTE SON DOS PUNTOS:
1 - QUE SE RESPETEN TODOS LOS DERECHOS DEL AUTOR, LOS TENGA PROTEGIDOS CON
LA SGAE O CON CUALQUIER OTRA ENTIDAD COMO CREATIVE COMMONS U OTROS
2 EVITAR LA PIRATERIA, PARA QUE NADIE SE APROVECHE ILEGALMENTE DEL ESFUERZO
CREATIVO DE LOS AUTORES, COMPOSITORES Y CREADORES
CONCLUSION: Creo que tu comentario, no considera en absoluto el curso de
acción de musicalibre, pues lo ignoras, por lo tanto no me parece adecuado
que justamente aquí vengas a defender lo que es indefendible, es decir que
en nuestro ámbiro (el de musicalibre), vengas a explicarnos que nosotros
debemos pagarle el sueldo a los que no comparten lo que nosotros hacemos.
no me parece bien
LLEVO MAS DE 30 AÑOS DEFENDIENDO LA MUSICA LIBRE, NO SOY SOCIO DE LA SGAE,
DIFUNDIMOS NUESTRA MUSICA EN RVERBNATION Y OTRAS WEBSITES DE MUSICA LIBRE,
PERO YO TAMPOCO ESTOY DE ACUERDO EN QUE NADIE SE APROVECHE Y LES ROBE SUS
DERECHOS A LOS CREADORES
un afectuoso saludo
OTRO PARA TI
Iván
MANDANGA
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